La Junta recuerda normas para cambios y devoluciones tras compras navideñas.

La Dirección General de Consumo incide en que no todos los regalos se pueden devolver, ya que existen ciertas condiciones que deben cumplirse según la normativa vigente. Por ejemplo, si el regalo se ha adquirido durante una promoción en la que se regalaba un producto al comprar otro, es posible que no se pueda devolver únicamente el regalo, sino que se deba devolver también el producto comprado para poder realizar la devolución.

Asimismo, en el caso de regalos personalizados o confeccionados a medida, es probable que no se puedan devolver debido a su naturaleza única y específica. Por otro lado, si el regalo presenta defectos de fabricación o no cumple con las especificaciones indicadas, el consumidor tiene derecho a solicitar su devolución o cambio.

Es importante recordar que, en cualquier caso, es fundamental conservar el ticket de compra o cualquier documento que acredite la adquisición del regalo, ya que será necesario para realizar cualquier reclamación o devolución. Además, es recomendable informarse sobre la política de devoluciones de la tienda antes de realizar cualquier compra, para evitar sorpresas o inconvenientes en el futuro.

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Constanza Sanchez

Constanza Sanchez

Soy periodista especializada en comunicación digital y producción de contenidos multimedia. Combino redacción, análisis de audiencias y SEO para crear historias claras y relevantes. Me enfoco en formatos innovadores, narrativas visuales y en desarrollar contenidos que conecten con comunidades diversas en entornos informativos dinámicos.

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